Contáctanos

+34 614 121 321

Contáctanos

WhatsApp

Ubicación

Valencia

Síguenos

Normativa desfibriladores Madrid: Decreto 78/2017 DEA/DESA

Respuesta rápida

En Madrid, el Decreto 78/2017 obliga a determinados espacios públicos y privados a disponer de desfibrilador externo, especialmente hoteles con más de 100 plazas, centros educativos, instalaciones deportivas con más de 500 usuarios diarios, centros de trabajo con más de 250 trabajadores, grandes establecimientos comerciales y otros espacios de alta afluencia. Además, la instalación, retirada, cambio de ubicación o cambio de titularidad debe comunicarse en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Fuente normativa oficial

Decreto 78/2017, de 12 de septiembre

Esta guía se basa en el Decreto 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad de Madrid y se crea su Registro.

  • Norma: Decreto 78/2017, de 12 de septiembre.
  • Ámbito: Comunidad de Madrid.
  • Objeto: instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario.
  • Registro: Registro madrileño de desfibriladores externos.
  • Publicación: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
1. Espacios obligados Qué empresas, hoteles, centros educativos, gimnasios y espacios públicos deben tener DEA.
2. Comunicación y registro Plazo de 15 días hábiles para comunicar instalación, retirada, ubicación o titularidad.
3. Formación y uso Quién puede utilizar el desfibrilador y qué formación mínima debe tener.
4. Mantenimiento Revisión de batería, electrodos, señalización, vitrina y documentación.
5. Casos prácticos Ejemplos por sectores para saber si tu espacio está obligado o si es recomendable.
6. Sanciones y riesgos Qué puede ocurrir si el DEA no está instalado, comunicado o mantenido correctamente.

Resumen rápido de la normativa DEA en Madrid

Grandes establecimientos comercialesObligatorio
CriterioMás de 2.500 m² de superficie comercial
EjemplosCentros comerciales, hipermercados y grandes superficies.
Instalaciones deportivasObligatorio
Criterio500 usuarios diarios o más
EjemplosGimnasios, polideportivos, clubes deportivos y complejos deportivos.
HotelesObligatorio
CriterioMás de 100 plazas
EjemplosHoteles, alojamientos turísticos y complejos con elevada ocupación.
Centros educativosObligatorio
CriterioIncluidos en el Decreto 78/2017
EjemplosColegios, institutos, centros de formación y universidades.
Centros de trabajoObligatorio
CriterioMás de 250 trabajadores
EjemplosEmpresas, sedes corporativas, industrias y centros logísticos.
Desfibrilador DEA instalado en pared junto a señalización e instrucciones de uso, con diseño inspirado en la Comunidad de Madrid para artículo sobre normativa de desfibriladores.

¿Dónde es obligatorio instalar un desfibrilador en Madrid?

  • Grandes establecimientos comerciales.
  • Aeropuertos.
  • Instalaciones de transporte.
  • Establecimientos públicos con gran aforo.
  • Administraciones Públicas.
  • Instalaciones, centros o complejos deportivos con más de 500 usuarios diarios
  • Hoteles.
  • Centros educativos.
  • Centros de trabajo.
  • Centros residenciales de mayores.

Obligatorio vs recomendable: cuándo instalar un DEA en Madrid

Hotel con más de 100 plazas Sector hotelero
¿Obligatorio?
Recomendación DEA visible, señalizado, con formación del personal y mantenimiento periódico.
Gimnasio con más de 500 usuarios diarios Instalación deportiva
¿Obligatorio?
Recomendación DEA accesible en zona común y personal formado en RCP y uso del desfibrilador.
Centro educativo Colegios, institutos y centros formativos
¿Obligatorio?
Recomendación DEA señalizado, protocolo interno y formación práctica para personal del centro.
Empresa con más de 250 trabajadores Centro de trabajo
¿Obligatorio?
Recomendación Integrar el DEA en el plan de emergencias y formar a personal de diferentes turnos.
Comunidad de vecinos Residencial o urbanización
¿Obligatorio? No de forma general
Recomendación Muy recomendable si hay piscina, gimnasio, personas mayores o muchas viviendas.

Casos prácticos: ¿tu centro está obligado a tener desfibrilador?

Hotel de 120 plazas en Madrid

Un hotel con más de 100 plazas está obligado a disponer de desfibrilador externo. Lo recomendable es instalarlo en una zona visible, formar al personal de recepción, mantenimiento y responsables de turno, y mantener el equipo revisado periódicamente.

Hotel de 80 plazas con restaurante, piscina o eventos

Puede no estar obligado por el criterio de plazas, pero la instalación de un DEA es muy recomendable si cuenta con restaurante, piscina, gimnasio, salones de eventos, clientes externos o huéspedes de edad avanzada.

Gimnasio con más de 500 usuarios diarios

Una instalación deportiva con más de 500 usuarios diarios debe disponer de desfibrilador. El DEA debe estar en una zona de fácil acceso y el personal debería estar formado en RCP y uso del desfibrilador.

Gimnasio pequeño o centro deportivo boutique

Puede no estar obligado si no supera los 500 usuarios diarios, pero sigue siendo recomendable por el riesgo asociado al ejercicio físico y por el valor añadido en seguridad para los usuarios.

Colegio, instituto o centro educativo

Los centros educativos están incluidos en la normativa como espacios obligados a disponer de desfibrilador. Además del DEA, es recomendable formar al personal docente, conserjería, coordinación y responsables de actividades extraescolares.

Empresa con más de 250 trabajadores

Un centro de trabajo con más de 250 trabajadores debe disponer de desfibrilador. La instalación debe integrarse dentro del plan de emergencias y conviene formar a personal de diferentes turnos o departamentos.

Empresa con menos de 250 trabajadores

Puede no estar obligada por el criterio de número de empleados, salvo que encaje en otro supuesto de la normativa. Aun así, el DEA puede ser recomendable si hay atención al público, turnos, actividad industrial, alta ocupación o ubicación alejada de servicios sanitarios.

Comunidad de vecinos con piscina o gimnasio

Las comunidades de propietarios no están obligadas de forma general a disponer de desfibrilador en Madrid. Sin embargo, puede ser muy recomendable en urbanizaciones grandes, comunidades con piscina, gimnasio, zonas deportivas o vecinos de edad avanzada.

¿Tu empresa, hotel o centro educativo cumple la normativa DEA en Madrid?

Revisamos tu caso según el Decreto 78/2017 y te ayudamos a saber si necesitas instalar un desfibrilador, comunicarlo, señalizarlo, formar al personal o revisar el mantenimiento del equipo.

Comunicación y registro del desfibrilador en Madrid

La instalación de un desfibrilador externo fuera del ámbito sanitario debe comunicarse a la Comunidad de Madrid mediante declaración responsable.

También debe comunicarse cualquier cambio relevante relacionado con el equipo. En concreto, la instalación, retirada, modificación de ubicación o cambio de titularidad debe declararse en el plazo máximo de 15 días hábiles.

Esta comunicación permite mantener actualizado el Registro madrileño de desfibriladores externos y facilita que los servicios de emergencia dispongan de información sobre la ubicación de los equipos.

Plazo clave: 15 días hábiles

En la Comunidad de Madrid debe declararse la instalación, retirada, modificación de ubicación o cambio de titularidad del desfibrilador en un plazo máximo de 15 días hábiles.

  • Instalación de un nuevo DEA.
  • Retirada del equipo.
  • Cambio de ubicación dentro del centro.
  • Cambio de titularidad del desfibrilador.

¿Quién puede utilizar un desfibrilador en Madrid?

El Decreto 78/2017 contempla diferentes perfiles que pueden utilizar un desfibrilador externo fuera del ámbito sanitario en la Comunidad de Madrid. En todos los casos, ante una posible parada cardiorrespiratoria, debe activarse el 112 y seguir las indicaciones de los servicios de emergencia.

1

Personal sanitario

El personal sanitario puede utilizar desfibriladores externos dentro de sus competencias profesionales y actuar conforme a los protocolos asistenciales correspondientes.

2

Técnicos en Emergencias Sanitarias

Los Técnicos en Emergencias Sanitarias también están contemplados como personal capacitado para utilizar desfibriladores externos en situaciones de emergencia.

3

Personas con formación

Pueden utilizar el desfibrilador aquellas personas que hayan realizado formación en RCP básica y uso del DEA, adquiriendo los conocimientos mínimos necesarios para actuar con seguridad.

4

Cualquier persona autorizada por el 112

De forma excepcional, si no hay una persona formada disponible, el 112 puede autorizar a cualquier persona a utilizar el desfibrilador, manteniendo la supervisión del proceso.

Formación en RCP y uso del desfibrilador en Madrid

La formación en RCP y uso del desfibrilador es una parte esencial de la cardioprotección. Aunque los equipos DEA/DESA están diseñados para guiar al usuario mediante instrucciones visuales y sonoras, la formación práctica permite actuar con más seguridad, rapidez y coordinación.

Paso 1

Cadena de supervivencia

Se explica la importancia de reconocer una emergencia, activar rápidamente el 112, iniciar RCP precoz y aplicar la desfibrilación cuanto antes.

Paso 2

Parada cardiorrespiratoria

El alumnado aprende a identificar una posible parada cardíaca, valorar la consciencia, comprobar la respiración y actuar sin perder tiempo.

Paso 3

RCP básica

Se practican compresiones torácicas de calidad, coordinación con otras personas y actuación hasta la llegada de los servicios de emergencia.

Paso 4

Uso del DEA/DESA

Se enseña cómo encender el equipo, colocar los electrodos, seguir las instrucciones del desfibrilador y aplicar la descarga si está indicada.

Paso 5

Práctica con simuladores

La formación debe incluir práctica realista con maniquíes y equipos de entrenamiento para ganar confianza antes de una emergencia real.

Paso 6

Organización del equipo

Se trabaja cómo repartir funciones: llamar al 112, traer el DEA, iniciar RCP, controlar el entorno y recibir a los servicios sanitarios.

Recomendación: en empresas, hoteles, centros educativos e instalaciones deportivas conviene formar a varias personas y cubrir diferentes turnos, áreas o departamentos para que siempre haya personal preparado.

Mantenimiento obligatorio del desfibrilador

El titular del espacio donde se instala el desfibrilador debe garantizar que el equipo se mantiene en condiciones adecuadas de funcionamiento, siguiendo las instrucciones del fabricante. Un DEA instalado pero sin revisar puede generar una falsa sensación de seguridad.

Estado general del DEA

Comprobar que el desfibrilador está accesible, visible, sin daños externos y preparado para su uso inmediato.

Batería

Revisar la vida útil, estado de carga, indicadores del equipo y fecha recomendada de sustitución.

Electrodos

Comprobar la fecha de caducidad, el estado del envase, la conexión y la compatibilidad con el equipo.

Autotest del equipo

Verificar que el DEA realiza correctamente sus comprobaciones internas y no muestra avisos de error.

Vitrina o soporte

Revisar apertura, alarma, fijación, visibilidad, estado físico y facilidad de acceso al desfibrilador.

Señalización

Confirmar que el DEA está correctamente identificado mediante señalización visible y reconocible.

Kit de emergencia

Revisar material auxiliar como tijeras, guantes, mascarilla de RCP, rasuradora y elementos de protección.

Registro documental

Conservar evidencias de las revisiones, sustituciones, incidencias y actuaciones realizadas sobre el equipo.

Importante: después de utilizar un desfibrilador, el equipo debe revisarse cuanto antes, sustituir los electrodos utilizados y comprobar que vuelve a estar completamente operativo.
Técnico revisando batería y electrodos de un desfibrilador DEA/DESA durante el mantenimiento preventivo

Sanciones y riesgos por incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la instalación, comunicación, mantenimiento o correcta disponibilidad del desfibrilador puede derivar en responsabilidades administrativas conforme a la normativa sanitaria aplicable.

No disponer de DEA estando obligado: puede suponer un incumplimiento normativo en espacios incluidos en el Decreto 78/2017.
No comunicar la instalación o los cambios: la instalación, retirada, cambio de ubicación o titularidad debe declararse en el plazo máximo establecido.
Equipo no operativo: un DEA con batería agotada, electrodos caducados o fallos de funcionamiento puede no estar disponible en una emergencia real.
Falta de señalización o accesibilidad: si el equipo no se localiza rápidamente, se pierde un tiempo crítico durante una parada cardíaca.
Ausencia de protocolo interno: aunque exista desfibrilador, el personal puede no saber cómo activar el 112, iniciar RCP o utilizar el equipo.

El objetivo no debe ser únicamente evitar sanciones, sino garantizar que el desfibrilador esté realmente disponible cuando se produce una emergencia. Un espacio cardioprotegido debe contar con un DEA accesible, señalizado, comunicado, revisado y acompañado de formación práctica.

Checklist final para saber si cumples la normativa DEA en Madrid

Utiliza este checklist para revisar si tu empresa, hotel, centro educativo, gimnasio, residencia o espacio público cumple los principales requisitos relacionados con la instalación, comunicación, mantenimiento y uso del desfibrilador en la Comunidad de Madrid.

Espacio incluido en el Decreto 78/2017

Comprueba si tu centro está dentro de los espacios obligados por actividad, aforo, plazas, usuarios diarios, superficie o número de trabajadores.

Desfibrilador comunicado

La instalación del DEA debe comunicarse mediante declaración responsable ante la Comunidad de Madrid.

Plazo de 15 días hábiles

La instalación, retirada, cambio de ubicación o cambio de titularidad debe declararse dentro del plazo máximo establecido.

Ubicación visible y accesible

El desfibrilador debe estar situado en un punto fácil de localizar y de acceso rápido durante una emergencia.

Señalización adecuada

El DEA debe contar con señalización visible, reconocible y acompañada de instrucciones básicas de uso.

Activación del 112

El personal debe saber que, ante una posible parada cardíaca, debe activar el 112 antes de utilizar el desfibrilador.

Electrodos vigentes

Los electrodos deben estar dentro de su fecha de caducidad, correctamente conectados y con el envase en buen estado.

Batería en buen estado

La batería debe encontrarse dentro de su vida útil y el equipo no debe mostrar avisos de error o falta de carga.

Mantenimiento documentado

Conviene conservar evidencia de revisiones, sustitución de consumibles, incidencias y actuaciones realizadas sobre el equipo.

Personal formado

Es recomendable que varias personas del centro estén formadas en RCP, uso del DEA, activación del 112 y actuación coordinada.

Protocolo interno claro

El centro debe saber quién llama al 112, quién inicia RCP, quién trae el DEA y cómo se recibe a los servicios de emergencia.

Revisión tras el uso

Después de utilizar el desfibrilador, debe revisarse el equipo, sustituir los electrodos usados y dejarlo nuevamente operativo.

Recomendación: si no puedes confirmar todos estos puntos, conviene revisar la instalación, documentación, mantenimiento y formación asociada al desfibrilador para garantizar que el espacio está realmente cardioprotegido.

Servicio de desfibriladores en Madrid con Suma una Vida

En Suma una Vida ayudamos a empresas, hoteles, centros educativos, gimnasios, residencias y espacios públicos de la Comunidad de Madrid a crear entornos cardioprotegidos de forma completa.

Asesoramiento sobre obligación normativa
Venta, renting e instalación de desfibriladores DEA/DESA
Señalización del espacio cardioprotegido
Formación en RCP y uso del DEA
Mantenimiento periódico del desfibrilador
Revisión de batería, electrodos, vitrina y documentación

Te ayudamos a revisar tu caso y a elegir la solución más adecuada según el tipo de espacio, afluencia de personas y requisitos del Decreto 78/2017.

Solicitar asesoramiento personalizado

Preguntas frecuentes sobre la normativa de desfibriladores en Madrid

¿Qué normativa regula los desfibriladores en Madrid?

La instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad de Madrid está regulada por el Decreto 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

¿Qué espacios están obligados a tener desfibrilador en Madrid?

Entre otros, están obligados grandes establecimientos comerciales de más de 2.500 m², aeropuertos, determinadas instalaciones de transporte, establecimientos públicos con aforo igual o superior a 2.000 personas, instalaciones deportivas con más de 500 usuarios diarios, hoteles con más de 100 plazas, centros educativos, centros de trabajo con más de 250 trabajadores y residencias de mayores con al menos 200 plazas.

¿Cuándo es obligatorio un desfibrilador en un gimnasio de Madrid?

Es obligatorio cuando la instalación, centro o complejo deportivo tiene más de 500 usuarios diarios. Aunque no se alcance ese umbral, puede ser recomendable instalar un DEA por el tipo de actividad física que se desarrolla.

¿Los hoteles están obligados a tener desfibrilador en Madrid?

Sí, los establecimientos hoteleros con más de 100 plazas deben disponer de desfibrilador externo. En hoteles con menos plazas puede ser recomendable si hay restaurante, piscina, gimnasio, eventos o alta ocupación.

¿Los centros educativos están obligados a tener DEA en Madrid?

Sí, los centros educativos están incluidos entre los espacios obligados a disponer de desfibrilador externo en la Comunidad de Madrid.

¿Una empresa está obligada a tener desfibrilador?

Un centro de trabajo está obligado cuando cuenta con más de 250 trabajadores. En empresas con menos trabajadores puede ser recomendable según la actividad, ocupación, turnos, atención al público o distancia a servicios sanitarios.

¿Qué plazo tengo para comunicar la instalación de un desfibrilador en Madrid?

La instalación, retirada, modificación de ubicación o cambio de titularidad del desfibrilador debe declararse en un plazo máximo de 15 días hábiles ante la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede utilizar un desfibrilador en Madrid?

Puede utilizarlo personal sanitario, técnicos en emergencias sanitarias, personas con formación y, en una situación excepcional, cualquier persona autorizada por el 112 bajo supervisión del servicio de emergencias.

¿Hay que llamar al 112 antes de usar el desfibrilador?

Sí. La utilización del desfibrilador debe ir precedida del aviso y activación de los servicios de emergencia a través del teléfono 112.

¿Qué hay que hacer después de utilizar un DEA?

Tras el uso del desfibrilador, debe comunicarse a la autoridad sanitaria y revisar el equipo para dejarlo nuevamente operativo. También deben sustituirse los consumibles utilizados, como los electrodos.

¿Es obligatorio el mantenimiento del desfibrilador?

El titular del espacio debe garantizar que el desfibrilador se mantenga en condiciones adecuadas de funcionamiento, siguiendo las instrucciones del fabricante. Esto implica revisar batería, electrodos, autotest, señalización, vitrina y documentación.

¿Una comunidad de vecinos está obligada a tener DEA en Madrid?

No existe una obligación general para todas las comunidades de propietarios. Sin embargo, puede ser muy recomendable en urbanizaciones grandes, comunidades con piscina, gimnasio, zonas deportivas o vecinos de edad avanzada.

Convierte tu espacio en un entorno cardioprotegido en Madrid

En Suma una Vida te ayudamos a cumplir la normativa de desfibriladores en la Comunidad de Madrid con una solución completa: asesoramiento, suministro del DEA, instalación, señalización, formación en RCP y uso del desfibrilador, mantenimiento y revisión de consumibles.

Tabla de contenidos

Suma1vida · Formación · Cardioprotección
Utilizaremos sus datos para responder consultas, enviar comunicaciones comerciales y realizar análisis estadísticos. Para más información sobre el tratamiento y sus derechos, consulte la política de privacidad..